Actuación de la aduana por solicitud de intervención de la protección intelectual
¿Cómo actúa la Aduana, tras la presentación de una solicitud de intervención, sobre mercancías sospechosas de vulnerar un derecho de propiedad intelectual?
Cuando las autoridades aduaneras identifiquen mercancías sospechosas de vulnerar algún derecho de propiedad intelectual amparado en una solicitud de intervención, suspenderán el levante de las mercancías o procederán a su retención.
Deberán notificar esta retención al titular de la mercancía en el plazo de un día laborable a partir de esta retención y al titular de la decisión en el mismo plazo o posteriormente a la mayor brevedad.
Asimismo, informarán a ambos titulares de la cantidad real o estimada y de la naturaleza de las mercancías. Previa petición, las autoridades aduaneras informarán al titular de la decisión los nombres y direcciones del destinatario, remitente, declarante o titular de las mercancías, así como el régimen aduanero y el origen, procedencia y destino de las mismas.