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ACREDITACIÓN DE NECESIDAD DE OBRAS DE ADECUACIÓN

Consulta: 
<p><strong>¿Cómo debe acreditarse la necesidad de las obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual por personas con discapacidad?</strong></p>
Respuesta corta: 

La acreditación de la necesidad de las obras e instalaciones para la accesibilidad y comunicación sensorial que facilite el desenvolvimiento digno y adecuado de la persona con minusvalía, se efectuará mediante certificado o resolución expedido por el IMSERSO o el órgano competente de las Comunidades Autónomas en materia de valoración de minusvalías, basándose en el dictamen emitido por los equipos de valoración y orientación dependientes de la misma.

Respuesta extendida: 
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ID: 
136815