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ADQUISICIÓN INMOVILIZADO POR PERMUTA NO COMERCIAL

Consulta: 

Una entidad adquirió un inmovilizado material en una permuta no comercial. El valor contable del activo son 100 euros. El valor fiscal son 150 euros. El activo se amortiza contablemente un 10 por 100 anual, 10 euros, y adicionalmente, por aplicación del artículo 18 del TRLIS realiza un ajuste negativo al resultado contable de otros 5 euros. ¿Cómo se aplica la actualización de balances?

Respuesta corta: 

En cuanto que el artículo 9 de la Ley 16/2012, en orden a la aplicación de los coeficientes de actualización, establece que los mismos se aplican sobre el coste de adquisición y sobre las amortizaciones contables que fueron fiscalmente deducibles, en el caso planteado se aplicará sobre el coste de adquisición de 100 euros y sobre las amortizaciones contables de 10 euros, sin tener en cuenta por consiguiente los valores fiscales resultantes de la aplicación de los artículos 15 y 18 del TRLIS.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 9 Ley 16 / 2012 , de 27 de diciembre de 2012 .
Artículo 15 Real Decreto Legislativo 4 / 2004 , de 05 de marzo de 2004 .
Artículo 18 Real Decreto Legislativo 4 / 2004 , de 05 de marzo de 2004 .
ID: 
133038