¿Existe posibilidad de deducir por las cantidades pagadas en caso de construcción o ampliación de la vivienda habitual?
Sí. se asimila a la adquisición de vivienda la construcción o ampliación de la misma, en los siguientes términos:
- Ampliación de vivienda, cuando se produzca el aumento de su superficie habitable, mediante cerramiento de parte descubierta o por cualquier otro medio, de forma permanente y durante todas las épocas del año.
- Construcción, cuando el contribuyente satisfaga directamente los gastos de la ejecución de las obras, o entregue cantidades a cuenta al promotor, siempre que finalicen en un plazo no superior a cuatro años desde el inicio de la inversión.
I had a really urgent problem in the middle of the summer that I needed to get fixed. I tried contacting a bunch of agencies but they were either unavailable, slow, had terrible service or were crazy expensive (one company quoted me 1000€!). Josep replied to me within 10 minutes and managed to submit my forms on the deadline and all for a great price. He saved my life - 100% recommend!