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ALQUILER DE PLAZAS DE APARCAMIENTO PARA CLIENTES Y PERSONAL

Consulta: 

Una entidad alquila plazas de aparcamiento próximas a sus oficinas con el fin de solventar los problemas de aparcamiento de su personal y sus clientes.

¿Es deducible en el Impuesto sobre Sociedades el alquiler de las plazas de aparcamiento?

Respuesta corta: 

En la medida en que las plazas de aparcamiento arrendadas vayan a ser utilizadas por el personal de la entidad o sus clientes, el correspondiente gasto contable tendrá la consideración de gasto por relaciones públicas con clientes o gastos respecto al personal, atendiendo a los usos y costumbres vigentes, por lo que tendrá la consideración de gasto fiscalmente deducible en el ejercicio en que se devengue

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 10 y 14 TRLIS Real Decreto Legislativo 4 / 2004 , de 05 de marzo de 2004 .
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 2383 - 10 , de 04 de noviembre de 2010
ID: 
130967