¿A quién es aplicable el régimen de estimación directa normal?
La estimación directa es el método general de cálculo de los rendimientos netos de todas las actividades económicas desarrollados por el contribuyente, salvo que el rendimiento neto de todas ellas se determine mediante el régimen de estimación objetiva, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias
- Que el importe neto de la cifra de negocios, para el conjunto de actividades económicas desarrolladas por el contribuyente, supere los 600.000 euros en el año inmediato anterior.
- Por renuncia o por exclusión de la modalidad simplificada del método de estimación directa, en cuyo caso será de aplicación la modalidad normal durante los tres años siguientes al que se producen tales circunstancias.
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