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ÁMBITO. SUJETOS PASIVOS Y CONTRIBUYENTES

Consulta: 

¿Quiénes pueden beneficiarse de la RIC?

Respuesta corta: 

Podrán beneficiarse de la RIC los siguientes contribuyentes:

a) Los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades que tengan su domicilio fiscal en Canarias.

b) Los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades que, sin tener su domicilio fiscal en Canarias, operen en Canarias mediante establecimiento permanente.

c) Las entidades no residentes en territorio español, cuando operen en Canarias mediante establecimiento permanente, por las rentas obtenidas a través del mismo.

d) Las entidades que tengan por actividad principal la prestación de servicios financieros o la prestación de servicios a entidades que pertenezcan al mismo grupo de sociedades en el sentido del artículo 16.3 del TRLIS, cuando materialicen la dotación en alguna de las inversiones iniciales detalladas en la Ley.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 27 Ley 19 / 1994 , de 06 de julio de 1994 .
Artículo primero Real Decreto Ley 12 / 2006 , de 29 de diciembre de 2006 .
Artículo 1 Reglamento de desarrollo Real Decreto 1758 / 2007 , de 28 de diciembre de 2007 .
Artículo 2 Reglamento de desarrollo Real Decreto 14758 / 2007 , de 28 de diciembre de 2007 .
Artículo 16 TRLIS Real Decreto Legislativo 4 / 2004 , de 05 de marzo de 2004 .
ID: 
129495