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AMORTIZACIÓN POR ARRENDADOR

Consulta: 

¿Cómo deben amortizar los bienes adquiridos para su arrendamiento financiero las entidades arrendadoras en este régimen especial?

Respuesta corta: 

Las entidades arrendadoras deberán amortizar el coste de todos y cada uno de los bienes adquiridos para su arrendamiento financiero, deducido el valor consignado en cada contrato para el ejercicio de la opción de compra, en el plazo de vigencia estipulado para el respectivo contrato.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 115 TRLIS Real Decreto Legislativo 4 / 2004 , de 05 de marzo de 2004 .
ID: 
124983