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APLICACIÓN A GRUPOS DE LIBERTAD DE AMORTIZACIÓN: REQUISITOS

Consulta: 

El requisito de mantenimiento de empleo a que se refiere la disposición adicional undécima del TRLIS, referente a la libertad de amortización con mantenimiento de empleo, caso de entidades que tributen en el régimen de consolidación fiscal, ¿se refiere al grupo o a las entidades que lo forman individualmente consideradas?

Respuesta corta: 

La base imponible del grupo fiscal se determina, entre otros componentes, mediante la suma de bases imponibles, positivas y negativas, de las entidades que forman parte del grupo.

La libertad de amortización prevista en la disposición adicional undécima del TRLIS, sólo se puede realizar a nivel individual, por lo que determinada la base imponible individual de cada entidad del grupo fiscal, se convierte en un componente más de la base imponible consolidada.

Por ello, la aplicación y cumplimiento de los requisitos exigidos en la disposición adicional undécima del TRLIS se realiza a nivel individual, incluido el requisito de mantenimiento de empleo.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo primero Ley 4 / 2008 , de 23 de diciembre de 2008 .
Disposición adicional octava Ley 16 / 2007 , de 04 de julio de 2007 .
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 1544 - 09 , de 26 de junio de 2009
Artículo 71 y Disposición Adicional Undécima TRLIS, Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo
ID: 
129587