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ART. 101: CIFRA DE NEGOCIOS GRUPO DE SOCIEDADES

Consulta: 

¿Cuál es el importe neto de la cifra de negocios que se debe considerar cuando la entidad forme parte de un grupo de sociedades en el sentido del articulo 42 del Código de Comercio?

Respuesta corta: 

Cuando la entidad forme parte de un grupo de sociedades en el sentido del artículo 42 del Código de Comercio, con independencia de la residencia y de la obligación de formular cuentas anuales consolidadas, el importe neto de la cifra de negocios se referirá al conjunto de entidades pertenecientes a dicho grupo, teniendo en cuenta las eliminaciones e incorporaciones que correspondan por aplicación de la normativa contable.

En consecuencia, cuando la entidad forme parte de un grupo de sociedades en el sentido del artículo 42 del Código de Comercio, si el importe neto de la cifra de negocios del conjunto de entidades pertenecientes al grupo superó los 10 millones de euros en el ejercicio anterior, ninguna de las sociedades integrantes del grupo podrá aplicar los incentivos fiscales establecidos en la LIS para las empresas de reducida dimensión.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 101 Ley 27 / 2014 , de 27 de noviembre de 2014 .
ID: 
135632