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ART. 108: SUBVENCIÓN CENTRO CONCERTADO

Consulta: 

Un centro de E.S.O. formalizó un concierto educativo por el que se obliga a impartir enseñanza gratuita y la Administración se obliga a la asignación de fondos para su sostenimiento. ¿Se incluye esta asignación en el importe neto de la cifra de negocios?

Respuesta corta: 

El concepto de Importe Neto de la cifra de negocios no se encuentra recogido como tal en la LIS, por lo que se debe recurrir a la normativa contable existente en la materia. Es la Resolución de 16 de mayo de 1991 del ICAC, la que establece que las subvenciones no integran el importe de la cifra anual de negocios, salvo para aquellos casos en que se otorguen en función de las unidades de producto vendidas y que formen parte del precio de venta de los bienes o servicios.

Por lo tanto, para que una subvención forme parte del importe neto de la cifra de negocios debe cumplir dos requisitos:

Ser una subvención variable, establecida la variación en función de las unidades vendidas ( en este caso concreto, sería una cantidad subvencionada por cada alumno al que se imparta formación).
Que la subvención forme parte del precio de venta del bien o servicio que se presta.

Si la formación que se imparte es gratuita, la subvención sustituye al precio de venta del servicio prestado. Es decir, es el precio de venta que paga la Administración según el número de alumnos. Lo que permite concluir que, en principio, parecen cumplirse los dos requisitos exigidos para que la subvención forme parte del importe neto de la cifra de negocios.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 108 TRLIS Real Decreto Legislativo 4 / 2004 , de 05 de marzo de 2004 .
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 1484 - 03 , de 30 de septiembre de 2003
Resolución ICAC de 16 de mayo de 1991.
ID: 
128842