La deducción del exceso de amortización establecida para los elementos nuevos del inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias, así como para los elementos del inmovilizado intangible sobre la depreciación efectiva, ¿está condicionada su imputación contable a la cuenta de pérdidas y ganancias?
No. La deducción del exceso de la cantidad amortizable resultante de lo previsto en el artículo 111 de la LIS respecto de la depreciación efectivamente habida, no estará condicionada a su imputación contable a la cuenta de pérdidas y ganancias.
I had a really urgent problem in the middle of the summer that I needed to get fixed. I tried contacting a bunch of agencies but they were either unavailable, slow, had terrible service or were crazy expensive (one company quoted me 1000€!). Josep replied to me within 10 minutes and managed to submit my forms on the deadline and all for a great price. He saved my life - 100% recommend!