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ART. 35: ACTIVIDAD ENCARGADA A TERCEROS

Consulta: 

¿Tiene derecho a la deducción de la cuota íntegra por actividades de investigación y desarrollo o de innovación tecnológica un sujeto pasivo que contrata su realización a terceros?

Respuesta corta: 

Sí, tendrán derecho a la deducción por actividades de investigación y desarrollo o de innovación tecnológica, las cantidades pagadas para la realización de dichas actividades en España o en cualquier Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, por encargo del sujeto pasivo, individualmente o en colaboración con otras entidades.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 35 TRLIS Real Decreto Legislativo 4 / 2004 , de 05 de marzo de 2004 .
Artículo primero Ley 4 / 2008 , de 23 de diciembre de 2008 .
ID: 
128118