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ART. 35: REDUCCIÓN DE LAS DEDUCCIONES

Consulta: 

¿Cómo se determinarán las deducciones por actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica en los períodos impositivos iniciados a partir de 1.1.2007 y 1.1.2008?

Respuesta corta: 

Las deducciones reguladas en el artículo 35 del TRLIS, se determinarán multiplicando los porcentajes de deducción establecidos en dicho artículo por el coeficiente siguiente:

  • 0,92, en los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2007.
  • 0,85 en los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2008.

El porcentaje de deducción que resulte se redondeará en la unidad inferior.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Disposición adicional décima TRLIS Real Decreto Legislativo 4 / 2004 , de 05 de marzo de 2004 .
ID: 
127499