¿Cuál es el porcentaje de deducción aplicable para el fomento de las tecnologías de la información y de la comunicación en los períodos impositivos iniciados a partir de 1.1.2008?
El porcentaje de deducción aplicable para el fomento de las tecnologías de la información y de la comunicación será del 9% (6% para los períodos impositivos iniciados a partir de 1.1.2009 y 3% para los períodos impositivos iniciados a partir del 1.1.2010).
Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1.1.2011, queda derogada esta deducción.
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