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ART. 38: REDUCCIÓN DE LAS DEDUCCIONES HASTA 2013

Consulta: 

¿Cómo se determinarán las deducciones por inversiones en bienes de interés cultural, edición de libros, en sistemas de navegación y localización de vehículos, adaptación de vehículos para discapacitados y guarderías para hijos de trabajadores, en los períodos impositivos que se inicien a partir del 1.1.2007?

Respuesta corta: 

Las deducciones por inversiones en bienes de interés cultural y edición de libros, se determinarán multiplicando los porcentajes de deducción fijados en dicho artículo 38 por los siguientes coeficientes:

  • 0,875, en los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2007.
  • 0,750, en los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2008.
  • 0,625, en los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2009.
  • 0,500, en los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2010.
  • 0,375, en los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2011.
  • 0,250, en los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2012.
  • 0,125, en los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2013.

El porcentaje de deducción que resulte se redondeará en la unidad superior.

Para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1-1-2014 quedan derogadas estas deducciones.

Las deducciones en sistemas de navegación y localización de vehículos, adaptación de vehículos para discapacitados y guarderías para hijos de trabajadores, se determinarán multiplicando los porcentajes de deducción establecidos en dicho artículo por el coeficiente siguiente:

  • 0,8, en los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2007.
  • 0,6, en los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2008.
  • 0,4, en los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2009.
  • 0,2, en los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2010.

El porcentaje de deducción que resulte se redondeará en la unidad superior.

Para los períodos impositivos iniciados a partir de 1-1-2011, quedan derogadas estas deducciones

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Disposición adicional décima TRLIS Real Decreto Legislativo 4 / 2004 , de 05 de marzo de 2004 .
Disposición final segunda Ley 55 / 2007 , de 28 de diciembre de 2007 .
Disposición derogatoria segunda Ley 35 / 2006 , de 28 de noviembre de 2006 .
ID: 
127502