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ART. 42: REINVERSIÓN PARCIAL

Consulta: 

¿Se tiene derecho a la deducción por reinversión de beneficios extraordinarios si se reinvierte una cantidad inferior al importe obtenido en la transmisión?

Respuesta corta: 

La reinversión de una cantidad inferior al importe obtenido en la transmisión dará derecho a la deducción por reinversión de beneficios extraordinarios, siendo la base de la deducción la parte de la renta que proporcionalmente corresponda a la cantidad reinvertida.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 42 TRLIS Real Decreto Legislativo 4 / 2004 , de 05 de marzo de 2004 .
ID: 
124530