¿En qué período impositivo se aplicarán las deducciones por creación de empleo establecidas en el artículo 43 del TRLIS?
Las deducciones previstas en los apartados 1 y 2 del artículo 43 del TRLIS (Deducción por contratación del primer trabajador menor de 30 años y por contratación de desempleados si la plantilla es inferior a 50 trabajadores), se aplicarán en la cuota íntegra del periodo impositivo correspondiente a la finalización del periodo de prueba de un año exigido en el correspondiente tipo de contrato.
Estas deducciones estarán condicionadas al mantenimiento de esta relación laboral durante al menos tres años desde la fecha de su inicio.
Por otra parte, el trabajador contratado que diera derecho a esta deducción no se computará a efectos del incremento de plantilla establecido en los artículos 108 y 109 del TRLIS, esto es, a efectos del incremento de plantilla para aplicar los incentivos fiscales correspondientes a las empresas de reducida dimensión.
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