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AUTONOMO ¿Qué compras se computan, las consumidas o las realizadas?

Consulta: 

¿Qué compras se computan, las consumidas o las realizadas?

Respuesta corta: 

El rendimiento neto de las actividades económicas incluídas en la modalidad simplificada del régimen de estimación directa, se determinará según las normas del Impuesto sobre Sociedades, salvo en lo relativo a las amortizaciones del inmovilizado material y las provisiones (además de las peculiaridades previstas en los artículos 28 y 30 de la Ley 35/2006.

De lo anterior se desprende que el rendimiento neto debe calcularse conforme a las reglas establecidas en el Código de comercio y demás disposiciones contables de desarrollo, sin perjuicio de los ajustes fiscales que sean precisos.

Cualquier consumo de explotación debe tener en cuenta el gasto aplicado a la actividad durante el ejercicio.Por tanto, constituye gasto del ejercicio el importe de las existencias consumidas, dicha magnitud viene dada por el resultado de sumar a las existencias iniciales , las compras durante el ejercicio y de minorar dicha suma en el importe de las existencias finales de dicho período.

Respuesta extendida: 
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ID: 
135556