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AYUDA ABANDONO CULTIVO REMOLACHA

Consulta: 

Una entidad ha percibido una ayuda como consecuencia de la reestructuración del sector del azúcar. El hecho de que cultive más remolacha, cuya producción no se ha visto obligada a abandonar, porque se suministra a otra fábrica que no ha reducido su producción ¿afecta al beneficio fiscal concedido a la ayuda percibida?

Respuesta corta: 

La disposición adicional tercera de la LIS, señala:

1. No se integrarán en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades las rentas positivas que se pongan de manifiesto como consecuencia de:

a) La percepción de las siguientes ayudas de la política agraria comunitaria:

(...)

7º Abandono definitivo del cultivo de la remolacha azucarera y de la caña de azúcar.

(...)

El hecho de que la entidad continúe cultivando remolacha, cuya producción no se ha visto obligada a abandonar, porque se suministra a otra fábrica que no ha reducido su producción, no afecta al beneficio fiscal concedido a la ayuda percibida.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Disposición adicional 3ª Ley 27 / 2014 , de 27 de noviembre de 2014 .
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 2615 - 11 , de 03 de noviembre de 2011
ID: 
134486