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AYUDAS CESE ANTICIPADO ACTIVIDAD AGRARIA

Consulta: 

Calificación de las ayudas (indemnización anual, prima anual complementaria y complemento anual de jubilación) por cese anticipado de la actividad agraria concedidas al amparo de los correspondientes Reales Decretos.

Respuesta corta: 

Las ayudas percibidas por los titulares de actividades agrarias por el cese anticipado en el ejercicio de su actividad tienen la consideración, a efectos del IRPF, por su importe total, de rendimientos íntegros de la actividad agraria, en cuanto tienen su origen en el ejercicio de tal actividad y vienen a sustituir a los ingresos de la misma naturaleza, que, si no cesara en dicho ejercicio seguirían obteniéndose, determinándose el rendimiento en la modalidad de estimación directa correspondiente.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
ID: 
135825