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AYUDAS EXCEPCIONALES POR DAÑOS PERSONALES LORCA

Consulta: 

Como consecuencia de los movimientos sísmicos acaecidos el 11 de mayo de 2011 en el municipio de Lorca (Murcia), se adoptan medidas excepcionales. Exenciones.

Respuesta corta: 

Estarán exentas, las ayudas excepcionales por daños personales en casos de fallecimiento y de incapacidad absoluta y permanente como consecuencia de los movimientos sísmicos acaecidos el 11 de mayo de 2011 en el municipio de Lorca (Murcia), conforme a lo establecido en el Real Decreto-Ley 6/2011, de 13 de mayo de 2011 (BOE del 14 de mayo. Corrección de errores del 18 y 19 de mayo), modificado por el Real Decreto-ley 17/2011, de 31 de octubre (BOE del 1 de noviembre.

Asimismo, será de aplicación la disposición adicional quinta de la Ley del IRPF tanto a las indemnizaciones recibidas del Consorcio de Compensación de Seguros como a las ayudas excepcionales que se hayan recibido en el marco del Real Decreto-ley 6/2011, de 13 de mayo, y su ampliación por R Decreto-Ley 17/2011, de 31 de octubre.

Respuesta extendida: 
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ID: 
136515