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AYUDAS RESTAURACIÓN BIENES PATRIMONIO HISTÓRICO

Consulta: 

Imputación temporal de las ayudas públicas otorgadas a titulares de bienes del patrimonio histórico español y destinadas exclusivamente a su conservación o rehabilitación.

Respuesta corta: 

Las ayudas públicas otorgadas por las administraciones competentes a los titulares de bienes integrantes del patrimonio histórico español inscritos en el registro general de bienes de interés cultural a que se refiere la Ley 16/1985 del patrimonio histórico español y destinadas exclusivamente a su conservación o rehabilitación, podrán imputarse por cuartas partes en el período impositivo en que se obtengan y en los tres siguientes, siempre que se cumplan las exigencias establecidas en dicha ley, en particular respecto a los deberes de visita y exposición pública de dichos bienes.

Respuesta extendida: 
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ID: 
135368