Imputación temporal de las ayudas públicas otorgadas a titulares de bienes del patrimonio histórico español y destinadas exclusivamente a su conservación o rehabilitación.
Las ayudas públicas otorgadas por las administraciones competentes a los titulares de bienes integrantes del patrimonio histórico español inscritos en el registro general de bienes de interés cultural a que se refiere la Ley 16/1985 del patrimonio histórico español y destinadas exclusivamente a su conservación o rehabilitación, podrán imputarse por cuartas partes en el período impositivo en que se obtengan y en los tres siguientes, siempre que se cumplan las exigencias establecidas en dicha ley, en particular respecto a los deberes de visita y exposición pública de dichos bienes.
I had a really urgent problem in the middle of the summer that I needed to get fixed. I tried contacting a bunch of agencies but they were either unavailable, slow, had terrible service or were crazy expensive (one company quoted me 1000€!). Josep replied to me within 10 minutes and managed to submit my forms on the deadline and all for a great price. He saved my life - 100% recommend!