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Base imponible de impuestos medioambientales

Consulta: 

¿Qué constituye la base imponible del impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica?

Respuesta corta: 

La base imponible del impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica está constituida por el importe total que le corresponde percibir al contribuyente por la producción e incorporación al sistema eléctrico de energía eléctrica medida en barras de central, por cada instalación, en el periodo impositivo.

Dicho importe, que se corresponde con los ingresos surgidos en el curso de la actividad de producción e incorporación, excluido el IVA que es objeto de repercusión, recibidos o por recibir por el contribuyente, no debe minorarse por los costes incurridos en el curso de la mencionada actividad.

Los conceptos retributivos que le corresponde percibir al contribuyente están definidos en la legislación del sector eléctrico, sin perjuicio de los previstos para regímenes económicos específicos de los territorios insulares y extrapeninsulares.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 6 de la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, consulta de la Dirección General de Tributos V 1602-13 y Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y demás normativa sectorial de desarrollo
ID: 
139623