• English
  • Español

BASE RETENCIÓN EN GENERAL

Consulta: 

Con carácter general, ¿cuál es la base para calcular la retención?

Respuesta corta: 

Con carácter general, constituirá la base para el cálculo de la retención la contraprestación íntegra exigible o satisfecha.

Cuando no pudiera probarse la contraprestación íntegra exigible o satisfecha, la Administración tributaria podrá computar como tal una cantidad de la que, restada la retención procedente, arroje la efectivamente percibida.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 62 RIS Real Decreto 1777 / 2004 , de 30 de julio de 2004 .
ID: 
124661