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CAMBIO DE MODALIDAD

Consulta: 

El periodo impositivo de una entidad comienza el 1 de octubre y termina el 30 de septiembre del año siguiente. La sociedad venía realizando los pagos fraccionados de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.2 del TRLIS. Para el periodo impositivo que se inicia el 1 de octubre de 2005 y finaliza el 30 de septiembre de 2006 ha optado por realizar el pago fraccionado según lo establecido en el artículo 45.3. ¿Debe presentar algún pago fraccionado en el mes de octubre de 2005?

Respuesta corta: 

Los sujetos pasivos cuyo periodo impositivo comience el 1 de octubre y termine el 30 de septiembre del año siguiente, que hayan optado por la modalidad del artículo 45.3 del TRLIS con efectos desde el periodo impositivo que comienza el 1 de octubre de 2005, realizarán los siguientes pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades de los periodos impositivos 1-10-2004 / 30-9-2005 y 1-10-2005 / 30-9-2006:

a) Periodo impositivo 1-10-2004 / 30-9-2005, según la modalidad del artículo 45.2 y un plazo reglamentario de declaración que vence, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 136.1 del TRLIS, el 25 de abril:

El primero, en los primeros veinte días naturales del mes de octubre de 2004, sobre la cuota íntegra minorada del periodo impositivo 1-10-2002 / 30-9-2003.

El segundo, en los primeros veinte días naturales del mes de diciembre de 2004, sobre la cuota íntegra minorada del periodo impositivo 1-10-2002 / 30-9-2003.

El tercero, en los primeros veinte días naturales del mes de abril de 2005, sobre la cuota íntegra minorada del periodo impositivo 1-10-2002 / 30-9-2003.

b) Periodo impositivo 1-10-2005 / 30-9-2006, según la modalidad del artículo 45.3:

El primero, en los primeros veinte días naturales del mes de diciembre de 2005, sobre la parte de la base imponible correspondiente al periodo 1-10-2005 a 30-11-2005.

El segundo, en los primeros veinte días naturales del mes de abril de 2006, sobre la parte de la base imponible correspondiente al periodo 1-10-2005 a 31-3-2006.

El tercero, en los primeros veinte días naturales del mes de octubre de 2006, sobre la parte de la base imponible correspondiente al periodo 1-10-2005 a 30-9-2006.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 45 TRLIS Real Decreto Legislativo 4 / 2004 , de 05 de marzo de 2004 .
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 0304 - 06 , de 20 de febrero de 2006
ID: 
126019