No.Con carácter general, la exceptuación de gravamen de las cantidades destinadas por la empresa a compensar los gastos normales de estancia requiere que esta se realice en hoteles u otros establecimientos de hostelería en municipio distinto del lugar de trabajo habitual del perceptor y del que constituya su residencia habitual.
Debe señalarse que, a estos efectos, los justificantes admisibles son únicamente los correspondientes a estancias en hoteles y demás establecimientos de hostelería, sin que puedan asimilarse a los mismos las cantidades destinadas al alquiler o arrendamiento de una vivienda.
I had a really urgent problem in the middle of the summer that I needed to get fixed. I tried contacting a bunch of agencies but they were either unavailable, slow, had terrible service or were crazy expensive (one company quoted me 1000€!). Josep replied to me within 10 minutes and managed to submit my forms on the deadline and all for a great price. He saved my life - 100% recommend!