Para el año 2010 ¿cuál es el porcentaje de deducción, correspondiente al régimen especial, aplicable al tramo autonómico de la deducción por inversión en vivienda habitual en la Comunidad Autónoma de Cataluña?
El porcentaje de deducción será del 9 % cuando los contribuyentes cumplan alguna de las siguientes condiciones:
a) Tener 32 años o menos a fecha de devengo del impuesto, siempre que su base imponible total, menos el mínimo personal y familiar, no supere 30.000 euros. En tributación conjunta, este límite se computa de manera individual para cada uno de los contribuyentes que tenga derecho a la deducción por haber realizado inversiones en la vivienda habitual durante el ejercicio.
b) Haber estado en paro 183 días o más durante el ejercicio.
c) Tener un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
d) Formar parte de una unidad familiar que incluya al menos un hijo en la fecha de devengo del Impuesto.
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