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COBRO HONORARIOS POR COLEGIO PROFESIONAL

Consulta: 

Hay Colegios profesionales que realizan la gestión de cobro de honorarios de sus colegiados a cambio de un porcentaje sobre los mismos, aunque suele ser de forma obligatoria. ¿Estos servicios están sujetos al IVA?

Respuesta corta: 

Los servicios mencionados están sujetos y no exentos. La gestión de cobro que el Colegio realiza para sus colegiados supone la percepción de contraprestaciones específicas distintas de las cotizaciones fijadas en sus estatutos. Sobre dichas contraprestaciones deberá repercutirse el Impuesto al tipo del 18%.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
ID: 
106595