Hay Colegios profesionales que realizan la gestión de cobro de honorarios de sus colegiados a cambio de un porcentaje sobre los mismos, aunque suele ser de forma obligatoria. ¿Estos servicios están sujetos al IVA?
Los servicios mencionados están sujetos y no exentos. La gestión de cobro que el Colegio realiza para sus colegiados supone la percepción de contraprestaciones específicas distintas de las cotizaciones fijadas en sus estatutos. Sobre dichas contraprestaciones deberá repercutirse el Impuesto al tipo del 18%.
I had a really urgent problem in the middle of the summer that I needed to get fixed. I tried contacting a bunch of agencies but they were either unavailable, slow, had terrible service or were crazy expensive (one company quoted me 1000€!). Josep replied to me within 10 minutes and managed to submit my forms on the deadline and all for a great price. He saved my life - 100% recommend!