• English
  • Español

COMPATIBILIDAD ENTRE LAS DEDUCCIONES

Consulta: 

¿Es posible aplicar simultáneamente y sobre el mismo elemento las deducciones por reinversión de beneficios extraordinarios y por protección del medio ambiente? En el caso de que exista incompatibilidad y el precio de compra del elemento objeto de reinversión sea superior al precio de venta del elemento transmitido, ¿es posible considerar la deducción por reinversión en su totalidad y la deducción por protección del medio ambiente sobre la diferencia?

Respuesta corta: 

El texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, (en adelante TRLIS), dedica el capítulo IV del título VI, artículos 35 a 44, a las deducciones para incentivar la realización de determinadas actividades. Las deducciones por inversiones medioambientales y la deducción por reinversión de beneficios extraordinarios quedan establecidas en los artículos 39 y 42, respectivamente.

Salvo lo dispuesto en el artículo 35.1.c).2º para las inversiones en elementos del inmovilizado material e inmaterial, excluidos los inmuebles y terrenos, siempre que estén afectos exclusivamente a las actividades de investigación y desarrollo, en ninguno de los artículos del capítulo IV del título VI del TRLIS se reconoce, para una misma inversión, la compatibilidad entre las deducciones previstas en dicho capítulo. Por tanto, la entidad no podrá aplicar simultáneamente y sobre el mismo elemento y sobre el mismo importe la deducción por reinversión de beneficios extraordinarios y la deducción por protección del medio ambiente, sin perjuicio de que el exceso del precio de compra del elemento objeto de reinversión sobre el precio de venta del elemento transmitido pueda beneficiarse de la deducción por protección del medio ambiente, siempre que se cumplan los requisitos exigidos en el artículo 39 del TRLIS.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 39 TRLIS Real Decreto Legislativo 4 / 2004 , de 05 de marzo de 2004 .
Artículo 42 TRLIS Real Decreto Legislativo 4 / 2004 , de 05 de marzo de 2004 .
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 0408 - 06 , de 08 de marzo de 2006
ID: 
128104