¿Es compatible el régimen de las entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas con el de consolidación fiscal?
Del apartado 4 del artículo 53 del TRLIS se deduce la compatibilidad del régimen especial de las entidades dedicadas al arrendamiento de vivienda con el régimen especial de consolidación fiscal, de manera que si el grupo de sociedades aplica el régimen de consolidación fiscal y alguna de las sociedades integrantes del grupo cumple los requisitos para poder aplicar el régimen de las entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas, ambos regímenes no son incompatibles, y pueden aplicarse simultáneamente.
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