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COMPENSACIÓN GANANCIAS Y PÉRDIDAS PATRIMONIALES

Consulta: 

Para calcular la base de retención ¿es posible compensar ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión o reembolso de acciones o participaciones en instituciones de inversión colectiva?

Respuesta corta: 

Solo podrán compensarse aquellas ganancias y pérdidas patrimoniales que resulten de integrar las operaciones que se efectúen en unidad de acto y se refieran a un mismo fondo o sociedad de inversión. Por tanto, cuando se solicite el reembolso de participaciones, la retención se aplicará sobre la suma algebraica que resulte de calcular la diferencia entre el valor obtenido en el reembolso y los diferentes precios de adquisición de las participaciones suscritas correspondientes a un mismo fondo de inversión, aplicando las reglas de determinación de la base de retención.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
ID: 
137085