¿La notificación al habilitado de la sentencia por parte del juzgado, sin mediar comunicación del contribuyente, es causa de regularización de las retenciones?
No. Las variaciones en las circunstancias personales o familiares que se produzcan durante el año y que supongan un menor tipo de retención pueden ser comunicadas potestativamente por el contribuyente si desea que el pagador regularice las retenciones. En estos casos, el nuevo tipo de retención se aplicará a partir del momento en que el perceptor de los rendimientos comunique al pagador las variaciones con antelación suficiente a la confección de las nóminas. Por tanto, no es posible la regularización por variación de las circunstancias personales o familiares sin comunicación o solicitud expresa del contribuyente.
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