Una empresa privada tiene la concesión de la grúa municipal en un Ayuntamiento. ¿Está sujeta al IVA?
Las concesiones administrativas no están sujetas al IVA, sin perjuicio de su tributación por el ITP y AJD, concepto transmisiones patrimoniales onerosas.
El servicio prestado por la empresa al particular está sujeto y no exento del IVA. La base imponible es el importe total de la contraprestación cobrada al particular, tributando al tipo general (18%).
Si la empresa fuese una sociedad mercantil participada por un Ayuntamiento deberán tenerse en cuenta los criterios de la cosulta vinculante de la DGT V2375-08, de 15 de diciembre de 2008.
I had a really urgent problem in the middle of the summer that I needed to get fixed. I tried contacting a bunch of agencies but they were either unavailable, slow, had terrible service or were crazy expensive (one company quoted me 1000€!). Josep replied to me within 10 minutes and managed to submit my forms on the deadline and all for a great price. He saved my life - 100% recommend!