Tributación de las operaciones realizadas, como consecuencia de la construcción de un aparcamiento, por una sociedad privada municipal, concesionaria de un Ayuntamiento durante 50 años.
1) La concesión administrativa realizada por el Ayuntamiento en favor de una sociedad privada de capital municipal para la concesión de un aparcamiento, no determina la realización de una operación sujeta al IVA.
2) La cesión de uso transmitida por el concesionario al vecino usuario de la plaza de garaje, se trata de una prestación de servicios que está sujeta y no exenta del Impuesto, siendo aplicable el tipo general del impuesto.
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