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CONDENA EN COSTAS. TRIBUTACIÓN PARA EL PAGADOR

Consulta: 

¿ Como tributan las cantidades abonadas por un contribuyente condenado al pago de las Costas en un procedimiento judicial?

Respuesta corta: 

Para la persona condenada al pago supone una alteración en la composición de su patrimonio, produciéndose una variación de valor. Esta variación o pérdida, dado el carácter ajeno a la voluntad de consultante, no puede considerarse como una aplicación de renta al consumo del contribuyente, por lo que debe tratarse como una pérdida patrimonial que no procede de la transmisión de elementos patrimoniales, computándose en la Base General de Impuesto.

NORMATIVA

Artículo 33 y 48 de la Ley del IRPF

Consulta Vinculante V0473-15

Respuesta extendida: 
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ID: 
138101