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CONDICIÓN SUSPENSIVA

Consulta: 

Una compraventa celebrada y formalizada en escritura pública queda supeditada al cumplimiento de una condición suspensiva ¿cuándo debe declararse el ingreso en el Impuesto de Sociedades?

Respuesta corta: 

Si de esa condición resultase que la entidad transmitente mantiene los riesgos y beneficios significativos inherentes a la propiedad del bien, no se habrá producido el devengo de un ingreso teniendo, en su caso, las cantidades percibidas la consideración de un cobro anticipado, no siendo por tanto de aplicación el criterio de imputación de operaciones a plazos o con precio aplazado.

Será el momento de la transferencia de tales riesgos y beneficios el que determinará el devengo de un ingreso a efectos contables que formará parte de la base imponible del periodo impositivo que corresponda.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 11 Ley 27 / 2014 , de 27 de noviembre de 2014 .
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 0975 - 09 , de 06 de marzo de 2009
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 2676 - 10 , de 13 de diciembre de 2010
ID: 
134445