¿Se pueden simultanear aportaciones a una cuenta vivienda con pagos a una cooperativa, constructor, promotor de viviendas,... dando derecho a deducción hasta el límite?
Si, podrá compatibilizarse la deducción por aportaciones realizadas a cuenta vivienda con las cantidades entregadas al promotor o constructor para la construcción de la vivienda mientras no se haya adquirido jurídicamente la propiedad del inmueble. Una vez producida la adquisición de la vivienda, las cantidades aportadas a la cuenta vivienda no darán derecho a deducción.
La base máxima de deducción será 9.015 euros anuales para el conjunto de las cantidades satisfechas por ambos conceptos. A partir de 1.1.2011 será de 9.040 euros anuales.
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