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COOPERATIVA: FINALIZACION OBRAS DESPUÉS DE 4 AÑOS

Consulta: 

Contribuyente ha ido realizando aportaciones a una cooperativa de viviendas por un periodo superior a 4 años. Por presentarse fuera de plazo, se deniega la solicitud de ampliación del mismo, por lo que debe devolver todas las cantidades deducidas hasta ese momento.Una vez regularizada su situación ¿puede empezar a deducir por nuevas aportaciones a la cooperativa como si empezara de nuevo?

Respuesta corta: 

Cuando el contribuyente satisfaga directamente los gastos derivados de la ejecución de las obras (autopromoción) o entregue cantidades a cuenta al promotor de aquellas (ya sea a través de una cooperativa o constructora), las obras deberán finalizar en un plazo de 4 años desde el inicio de la construcción. Dicho plazo solo admite la ampliación del plazo si se producen ciertas situaciones excepcionales, en cualquier caso no atribuibles o imputables al contribuyente. Los trámites para su concesión se iniciarán, siempre, a instancia del contribuyente. No obstante, la Administración Tributaria deberá pronunciarse acerca de su procedencia, para cada caso concreto.

Por tanto si se deniega la ampliación del plazo se perderá el derecho a la totalidad de las deducciones que hasta entonces hubiera practicado por la construcción, debiendo proceder a regularizar su situación tributaria, reintegrando la totalidad de las cantidades indebidamente deducidas.

Como consecuencia de dicha regularización, podrá iniciar de nuevo la práctica de la deducción a partir del ejercicio siguiente al último regularizado (periodo impositivo siguiente a aquel por el se se haya practicado la regularización), por las cantidades que, a partir de dicho ejercicio satisfaga vinculadas con la construcción de su futura vivienda habitual. Con la nueva primera cantidad satisfecha que sea objeto de deducción se entenderá iniciado, nuevamente, el plazo de cuatro años para finalizar las obras de construcción.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
ID: 
136680