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COOPERATIVA SEGUNDO GRADO

Consulta: 

¿Qué beneficios fiscales tienen las cooperativas de segundo o ulterior grado?

Respuesta corta: 

Las cooperativas de segundo y ulterior grado que no incurran en ninguna de las causas de pérdida de la condición de cooperativa fiscalmente protegida disfrutarán de los beneficios fiscales de éstas.

Si, además, asocian exclusivamente a cooperativas especialmente protegidas, disfrutarán también de los beneficios reconocidos a éstas.

Cuando asocien a cooperativas protegidas y especialmente protegidas, gozarán de los beneficios de las protegidas y de la bonificación de la cuota íntegra correspondiente a los resultados procedentes de las operaciones realizadas con las cooperativas especialmente protegidas.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 35 Ley 20 / 1990 , de 19 de diciembre de 1990 .
ID: 
136498