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CUOTAS DE AFILIACIÓN Y DONACIONES PERCIBIDAS

Consulta: 

¿Cuál es el régimen fiscal aplicable a las cuotas de afiliación y a las donaciones percibidas, durante los ejercicios 2007 y 2008, por un partido político cuyo período impositivo coincide con el año natural?

Respuesta corta: 

Con arreglo a lo dispuesto en la disposición final de la Ley Orgánica 8/2007, el nuevo régimen tributario de los partidos políticos, establecido en sus artículos 9 a 11, no resultará de aplicación sino a partir del primer período impositivo que comience a partir del 6 de julio de 2007.

Como el período impositivo del partido político coincide con el año natural, el nuevo régimen tributario no le resultará de aplicación sino a partir del ejercicio 2008, por lo que las cuotas de afiliación y donaciones percibidas durante el ejercicio 2007 quedarán sometidas al régimen de tributación establecido en el TRLIS, en su redacción vigente a 31 de diciembre de 2007.

En particular, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 9.3.c) del TLRIS, en su redacción vigente a 31 de diciembre de 2007, los partidos políticos estarán parcialmente exentos del impuesto en los términos previstos en el capítulo XV del título VII de dicho texto refundido.

Con arreglo a su artículo 121, en la medida en que las cuotas de afiliación y las donaciones percibidas por el partido durante el ejercicio 2007 procedan de la realización, o se obtengan en cumplimiento, de las actividades que constituyan su objeto social o finalidad específica, y dichas actividades no constituyan una explotación económica, estarán exentas en el Impuesto sobre Sociedades.

En relación con las cuotas de afiliación y las donaciones percibidas por el partido durante el primer período impositivo que comience a partir del 6 de julio de 2007 y siguientes, es decir, durante el ejercicio 2008 y siguientes, tales ingresos estarán exentos del Impuesto sobre Sociedades, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley Orgánica 8/2007.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 10 y Disposición Final Ley Orgánica 8 / 2007 , de 04 de julio de 2007 .
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 1824 - 09 , de 05 de agosto de 2009
ID: 
130684