Deducción autonómica por adquisición de libros de texto y material escolar: justificación documental del importe del gasto, prorrateo de la deducción y cuantía máxima de la base imponible que permite aplicarla.
Para poder aplicar la deducción autonómica por adquisición de libros de texto y material escolar deben cumplirse el siguiente requisito:
-Con carácter general, que la suma de las bases imponibles general y del ahorro no exceda de 12.500 euros si la tributación es individual o de 25.000 euros en caso de tributación conjunta.
- En el caso de contribuyentes que tengan la condición legal de familia numerosa, que la suma de las bases imponibles general y del ahorro no exceda de 30.000 euros si la tributación es individual o de 40.000 euros en caso de tributación conjunta.
La acreditación documental de la adquisición de los libros de texto y del material escolar podrá realizarse mediante factura o cualquier otro medio del tráfico jurídico o económico admitido en derecho.
La deducción corresponderá al ascendiente que haya satisfecho las cantidades destinadas a la adquisición de los libros de texto y del material escolar. No obstante, si se trata de matrimonios con el régimen económico del consorcio conyugal aragonés o análogo, las cantidades satisfechas se atribuirán a ambos cónyuges por partes iguales.
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