¿En qué consiste la deducción autonómica por determinadas subvenciones y/o ayudas obtenidas a consecuencia de los daños sufridos por las inundaciones acaecidas en la cuenca del río Ebro?
Los contribuyentes residentes en Aragón que hayan integrado en la base imponible general del impuesto subvenciones o ayudas públicas obtenidas de la Comunidad Autónoma de Aragón, podrán aplicarse una deducción del 100 por 100 en la cuota íntegra autonómica del impuesto, de acuerdo con el siguiente régimen:
1) Las ayudas públicas que dan derecho a la deducción son exclusivamente las obtenidas de la Comunidad Autónoma de Aragón para paliar o compensar los daños sufridos como consecuencia de las inundaciones acaecidas en la cuenca del río Ebro durante los meses de febrero y marzo de 2015, así como las previstas en el artículo 6 del Decreto-Ley 1/2015, de 9 de marzo.
2) La base de la deducción será la cuota íntegra autonómica que corresponda a la base liquidable general derivada de la citada subvención o ayuda pública.
La deducción resulta aplicable incluso en el caso de que el contribuyente hubiera fallecido antes del 8 de abril de 2015, fecha en la que entró en vigor la norma que estableció la deducción.
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