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DEDUCCIÓN POR CONTRIBUYENTES CON CÓNYUGE CON DISCAPACIDAD (II)

Consulta: 

Para poder aplicar la deducción por contribuyentes con cónyuges o parejas de hecho con discapacidad en grado igual o superior al 65 por 100 se exige, entre otros requisitos, que el cónyuge o la pareja de hecho con discapacidad no sean declarantes del impuesto ¿cómo hay que entender dicha exigencia?

Respuesta corta: 

Respecto a las deducciones autonómicas por contribuyentes con discapacidad y por contribuyentes con cónyuges o parejas de hecho con discapacidad en grado igual o superior al 65 por 100, lo importante es que la misma discapacidad no pueda generar ambas deducciones. Es decir: si el contribuyente con discapacidad presenta declaración (con independencia de que esté o no obligado a ello), en ningún caso será ya aplicable la deducción por contribuyentes con cónyuges o parejas de hecho con discapacidad en grado igual o superior al 65 por 100.

En ningún caso una misma discapacidad podrá generar ambas deducciones.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
ID: 
135932