Los contribuyentes que perciban prestaciones por desempleo podrán deducir la cantidad de 100 euros cuando cumplan los siguientes requisitos:
a) Tener la residencia habitual en las Islas Canarias.
b) Estar en situación legal de desempleo durante más de 6 meses del período impositivo.
c) Que la suma de los rendimientos íntegros del trabajo sea superior a 11.200 euros e igual o inferior a 22.000 euros.
d) Que la suma de la base imponible general y del ahorro, excluida la parte correspondiente a los rendimientos del trabajo, no sea superior a 1.600 euros.
En tributación conjunta, las magnitudes establecidas en las letras c) y d) anteriores para tener derecho a la deducción serán las resultantes de ese tipo de tributación. En caso de tener derecho a la deducción, su cuantía será de 100 euros por cada miembro de la unidad familiar que se encuentre en situación legal por desempleo durante más de 6 meses y que resida en las Islas Canarias.
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