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DEDUCCIÓN POR DONACIONES DINERARIAS A OTROS FINES CULTURALES

Consulta: 

¿ En qué consiste la deducción de la Comunidad Valenciana por donaciones de importes dinerarios relativas a otros fines culturales?

Respuesta corta: 

Los residentes en la Comunitat Valenciana pueden deducir el 15 por 100 de los importes dinerarios donados a las entidades y finalidades que se indican:

1) Las donaciones efectuadas a la Generalitat y las corporaciones locales de la Comunitat Valenciana y a las entidades públicas de carácter cultural dependientes de ellas, que se destinen a la financiación de programas de gasto o actuaciones que tengan por objeto la promoción de cualquier actividad cultural, deportiva o científica distinta de las descritas en las referencias 136297 y 136317.

2) Las donaciones efectuadas a empresas culturales con fondos propios inferiores a 300.000 euros, cuya actividad sea la cinematografía, las artes escénicas, la música, la pintura y otras artes visuales o audiovisuales, la edición o la investigación, siempre que se destinen al desarrollo de su actividad. La base máxima de deducción, a estos efectos, será de 3.000 euros por periodo impositivo.

3) Las donaciones efectuadas a las universidades públicas y privadas, a los centros de investigación y a los centros superiores de enseñanzas artísticas de la Comunitat Valenciana, cuando se destinen a la financiación de programas de gasto o actuaciones que tengan por objeto actividades de investigación o docencia. La base máxima de deducción será de 50.000 euros por periodo impositivo.

4) Las donaciones efectuadas a las universidades públicas de la Comunitat Valenciana y a los centros públicos de enseñanzas artísticas superiores de la Comunitat Valenciana con destino a la financiación de programas de gasto o actuaciones para el fomento del acceso a la educación superior.

5) Las aportaciones de capital efectuadas a empresas de base tecnológica creadas o desarrolladas a partir de patentes o de resultados generados por proyectos de investigación realizados en universidades valencianas y en los centros superiores de enseñanzas artísticas valencianas. La base máxima de la deducción será de 50.000 euros por periodo impositivo.

La base de la deducción por todos los conceptos anteriores, junto a la de las deducciones detalladas en las preguntas 136297, 136303 y 136317, no puede superar el 20 por 100 de la suma de las bases liquidables general y del ahorro.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
ID: 
136425