¿En qué consiste la deducción autonómica por donaciones con finalidad en investigación y desarrollo científico e innovación empresarial en Castilla-La Mancha?
Los residentes en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha pueden aplicar una deducción del 15 por 100, hasta el límite del 10 por ciento de la cuota íntegra autonómica, del importe de las donaciones dinerarias efectuadas durante el período impositivo, a favor de las siguientes entidades:
a) La Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y los organismos y entidades públicas dependientes de la misma, cuya finalidad sea la investigación y el desarrollo científico y la innovación empresarial.
b) Entidades sin fines lucrativos a que se refieren los articulos 2º y 3º de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de incentivos fiscales al mecenazgo, siempre que entre sus fines principales se encuentren la investigación y el desarrollo científico y la innovación empresarial y se hallen inscritas en los correspondientes registros de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
La efectividad de la donación deberá acreditarse mediante certificación de la entidad donataria.
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