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DEDUCCIÓN DONATIVOS HASTA EL 31/12/2014

Consulta: 

¿Qué porcentaje de deducción se aplica a las donaciones y aportaciones deducibles?

Respuesta corta: 

a) Para las donaciones y aportaciones a entidades beneficiarias del mecenazgo enumeradas en la Ley 49/2002, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, el porcentaje de deducción es el 25%.

Para ciertas actividades calificadas como prioritarias de mecenazgo, el porcentaje anterior puede elevarse, como máximo, en 5 puntos porcentuales, cuando así se establezca por la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Para 2014, en virtud de lo establecido en la Ley de Presupuestos Generales de Estado para ese año, el porcentaje aplicable a las donaciones para esas actividades prioritarias es del 30%.

b) Cuando se trate de cantidades donadas a fundaciones legalmente reconocidas que rindan cuentas al órgano de protectorado y asociaciones de utilidad publica no comprendidas en la Ley 49/2002, el porcentaje aplicable es del 10%.

Porcentajes aplicables hasta el 31 de diciembre de 2014

Respuesta extendida: 
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ID: 
137032