¿En qué consiste la deducción autonómica por donativos a Fundaciones o al Fondo Cantabria Coopera?
Los residentes en la Comunidad Autónoma de Cantabria pueden aplicar una deducción del 15 por 100 de las cantidades donadas a fundaciones domiciliadas en Cantabria que persigan fines culturales, asistenciales, sanitarios o deportivos o cualesquiera otros de naturaleza análoga a éstos. De igual manera, podrá aplicarse una deducción del 12 por 100 de las cantidades donadas al Fondo Cantabria Coopera.
Las fundaciones deben cumplir los requisitos de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, estar inscritas en el Registro de Fundaciones, rendir cuentas al órgano de protectorado correspondiente y que éste haya ordenado su depósito en el Registro de Fundaciones.
La suma de la base de la deducción y de la base de las deducciones estatales por donativos y por inversiones o gastos de interés cultural no puede exceder del 10% de la base liquidable del contribuyente.
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