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DEDUCCIÓN POR NACIMIENTO/ADOP. DE HIJOS: FALLECIMIENTO DEL HIJO

Consulta: 
<p><strong>Si en el ejercicio se ha producido el nacimiento o adopción de un tercer hijo, pero ha fallecido en el año ¿puede aplicarse la deducción autonómica por nacimiento o adopción del tercer o sucesivo hijo?</strong></p>
Respuesta corta: 

Si. Al haberse producido producido el nacimiento o adopción de un tercer hijo en el ejercicio se puede aplicar la deducción, aunque no exista convivencia en la fecha de devengo del impuesto (31 de diciembre).

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
ID: 
135951